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31/05/2017

SI TE DESPIDEN EN UN ERE, TIENES DERECHO A PARTICIPAR EN UN PLAN DE RECOLOCACIÓN

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Recibirás atención personalizada durante un periodo mínimo de seis meses.


Después de mucho tiempo en una misma empresa, para un trabajador perder el empleo supone enfrentarse a una situación nueva, la de buscar otra oportunidad laboral. A la tristeza, se le une entonces la frustración y la sensación de vértigo ante un mercado laboral que no se parece en nada al que un día le dio la primera oportunidad laboral.

Ya no se busca trabajo de la misma manera que hace años y acudir a una entrevista se les hace cuesta arriba. Se encuentran perdidos. Por eso, explica José Antonio Gallardo, gerente de Gallardo &Partners, «necesitan un guía, alguien que les oriente y les ayude a conseguir sus objetivos».

Pero también alguien que les saque de la situación de bloqueo en la que muchos de estos profesionales se encuentran, todavía noqueados tras enterarse de que la empresa a la que han dedicado gran parte de su vida ya no cuenta con ellos. La rabia y la impotencia se mezclan con la incomprensión, al no entender por qué les ha tocado a ellos la china.

Pocos saben que la ley -artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores- obliga a las empresas que llevan a cabo «un despido colectivo que afecte a más de 50 trabajadores a ofrecer a los empleados afectados un plan de recolocación externa a través de empresas autorizadas».

Los planes de recolocación deben garantizar a estos empleados, especialmente en el caso de los de edad más avanzada, un servicio continuado durante un periodo mínimo de seis meses que incluya una atención personalizada, así como medidas de formación y orientación profesional y ayuda en la búsqueda activa de empleo.

Para Gallardo, «los planes de recolocación, como ya ocurre en otros países como Alemania, Francia o Bélgica, son una herramienta central en la gestión de capital humano». Por eso, añade, es necesario que «las compañías se tomen en serio su responsabilidad en la gestión de estos planes».

Obligado cumplimiento

Algo que lamentablemente no suele suceder. Pese a que los servicios de recolocación externos son de obligado cumplimiento cuando se produce un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de más de 50 trabajadores, todavía, afirma Marta Romero, directora de 'outplacement' en Madrid del grupo MOA BPI, «existen algunas empresas que intentan eludir la legislación, por desconocimiento o por ahorrar costes». Además, muchas veces, también por desconocimiento, son los propios trabajadores los que no demandan este servicio,

Los planes de 'outplacement', precisa no obstante Gallardo, no tienen sentido si el empleado afectado no se implica. «Tiene que estar abierto al cambio, ser consciente de la situación en la que se encuentra y enfrentarse a ella con actitud positiva. No deben aferrarse al pasado», señala. En definitiva, tienen que ver en los programas de recolocación una oportunidad para redefinir su futuro laboral o reinventarse.

Uno de estos programas de acompañamiento y desvinculación en procesos de ERE es Reinvenciones. De manera online, pone a disposición del trabajador afectado todos los recursos, técnicas e información que pueden ayudarle a encontrar un nuevo empleo. A través de un diagnóstico inicial, se obtiene una completa fotografía de las fortalezas y debilidades del profesional. A partir de esta información, el participante guiado por un consultor elabora un plan de acción y decide si busca una recolocación o, por el contrario, opta por reinventarse y afrontar otros proyectos.

Empresas autorizadas

Estos servicios de asesoramiento no los puede prestar cualquiera, sino que tienen que llevarse a cabo por empresas de recolocación autorizadas. «No hacerlo supone un peligro», sostiene Marta Romero, directora 'outplacement' en Madrid de MOA BPI, un grupo que lleva 28 años desarrollando este tipo de programas y que está homologado por el Servicio Público de Empleo Estatal desde 2011.

Además, el no recurrir a estas empresas «podría dar lugar a una impugnación judicial del despido por parte de los trabajadores o sus representantes sindicales», añade.

Pero, ¿puede una empresa negarse a ofrecer este tipo de planes de recolocación? Sólo, según establece la ley, aquellas que se hubieran sometido a un procedimiento concursal están exoneradas de ofrecer este tipo de servicios a sus trabajadores. Para el resto, es obligatorio siempre que el ERE afecte a más de 50 trabajadores. Si el número es inferior, se pueden realizar planes de 'outplacement', pero siempre con carácter voluntario.

En el caso, no obstante, de que las compañías obligadas por ley no ofrezcan este tipo de programas, se podría denunciar el Expediente de Regulación de Empleo y que éste terminara anulándose.

«El reto de nuestro sector», asegura Romero, «es que los trabajadores conozcan mejor sus derechos, para que de forma natural y de ahora en adelante, las personas que tengan que abandonar su puesto de trabajo comiencen a dirigirse a los departamentos de Recursos Humanos para solicitar este tipo de servicios».

 

Fuente: El Mundo

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