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15/09/2020

LA FISCALÍA NO VE DELITO EN LA GESTIÓN DEL GOBIERNO CON LA PANDEMIA

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Pide al Supremo que rechace las veinte querellas presentadas contra miembros del Ejecutivo


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Desinfección en Valladolid - Fernando Blanco

 

 

La Fiscalía del Tribunal Supremo no ve delito en la gestión que ha desplegado el Gobierno de la pandemia de coronavirus y así lo ha expresado en un informe de más de 300 páginas que pide a la Sala Segunda de lo Penal que inadmita una veintena de querellas presentadas contra miembros del Ejecutivo por delitos como prevaricación, homicidio imprudente, lesiones o contra los derechos de los trabajadores.

Aunque la conclusión es la misma para todas, los fiscales coordinados por el teniente fiscal Luis Navajas informan cada una de las querellas impulsadas por asociaciones, partidos y colectivos por separado, con argumentos que se repiten y en algunos casos, párrafos idénticos.

 

Prevaricación por omisión

Es uno de los delitos más señalados por los querellantes, que apuntan a la inacción del Gobierno a sabiendas de la gravedad de la situación. La Fiscalía no encuentra delito, pero tampoco imprevisión. Alega «la imposibilidad de afirmar que, cuando menos con arreglo al actual estado de la ciencia, los querellados pudieran haber desarrollado actuación alguna que pudiera evitar los desgraciados efectos producidos por la pandemia».

En este sentido, concluye que «no existen elementos que permitan afirmar, ni tan siquiera indiciariamente, que el Gobierno se mostrara poco ágil o poco diligente» pues adoptó el estado de alarma el 14 de marzo sin que exista «dato alguno» que acredite que con anterioridad, se daban «objetivamente» los presupuestos jurídicos para hacerlo. La Fiscalía recuerda además que «no consta que ninguna de las Administraciones cuyo territorio se encontraba ya entonces afectado por el brote de Covid-19 hubiera instado al Gobierno» a tomar esa medida.

 

Prevaricación por acción

En cuanto a las medidas que sí adoptó y que fueron lesivas según querellantes como la Asociación Unificada de Guardia Civil, el Colectivo Profesional de Policía Municipal de Madrid. Vox, el Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería, la Asociación Terra Sos-Tenible y un particular; los distintos fiscales que han informado las querellas contestan con idéntico párrafo: «Tampoco se ha justificado tan siquiera indiciariamente en qué contribuyó la actuación de los querellados a crear o aumentar un riesgo que, además de no resultar preexistente, parece palmario que jamás se halló, ni pudo hallarse, controlado, extremo que impide equiparar la inacción que se les atribuye a la causación efectiva de múltiples muertes».

 

Riesgos laborales

Este es uno de los asuntos que centran las querellas de los colectivos profesionales como sanitarios o policiales y sobre el que la Audiencia Nacional todavía tiene mucho que decir.

La Fiscalía del Supremo no ve tampoco delito en este marco y contesta a dos de los querellantes que «las referencias genéricas a la falta de equipos y la falta de control sobre los adquiridos», junto al hecho de que no se identifiquen las víctimas directas de esa supuesta carencia, «impide determinar» que exista no sólo responsabilidad penal «sino tan siquiera vulneración alguna» de la normativa.

Se planteaba, en el caso de las fuerzas policiales, falta de medios por haber sido calificados como colectivo de baja exposición. En el caso de los sanitarios, no contaron con los medios adecuados. Sobre Interior, la Fiscalía entiende que «resulta difícilmente concebible» que el ministro «tuviera el ''control del riesgo'' de cada centro de trabajo en el que supuestamente no se proporcionaron las medidas de seguridad». En cuanto a Sanidad, dice que «no existen razones que permitan tan siquiera indiciariamente atribuir un delito contra los derechos de los trabajadores».

 

Material defectuoso

En este contexto, se refiere en concreto a la compra de tests de diagnóstico que resultaron no tener homologación y a las mascarillas que no protegían a sus usuarios, personal sanitario. Ambos asuntos se incluían en las querellas tanto en el contexto de la prevaricación como en el de riesgos para los trabajadores y la Fiscalía tampoco ve responsabilidad penal alguna en el ministro de Sanidad Salvador Illa, contra quien se dirigían, porque entiende que no era el responsable directo de ninguna de esas compras, sino «la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia», si bien depende de su ministerio.

De los tests, concluye que Sanidad adjudicó el contrato a Interpharma quien, «con claro incumplimiento de sus obligaciones contractuales, adquirió «productos defectuosos» de una mercantil de origen chino. «Si convenimos en que la única conducta que pudiera presentar indicios de tipicidad es, precisamente, la consistente en importar productos sanitarios defectuosos, su atribución debiera efectuarse, en todo caso, a aquella mercantil», dice al respecto.

Sobre las mascarillas «Garry Galaxy». el Ministerio Público entiende que «la defectuosidad de las mismas estaba, en ese momento fuera de su conocimiento» y recuerda que la resolución del Gobierno para su compra «no se exige una evaluación de las mismas» y todo ello, en un «contexto» de «escasez».

 

Conductas individuales

Las querellas han acabado en la bandeja de entrada del Supremo porque se dirigen contra miembros del Gobierno, que están aforados. En la mayoría de las querellas, sin embargo, la Fiscalía encuentra que se atribuye una «responsabilidad criminal objetiva» al Ejecutivo sin concretar qué conducta de cada uno merecería reproche, lo que quebranta, según expone, el principio de culpabilidad. Un defecto recurrente que ve ya de por sí motivo de inadmisión.

 

 

Fuente: ABC

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