La farmacia comunitaria está ampliando su papel asistencial en distintos sistemas sanitarios europeos. Inglaterra, Francia y Alemania han ido incorporando nuevas competencias para que el farmacéutico pueda participar de forma más directa en la prevención, el diagnóstico o el tratamiento de determinados problemas de salud. España también avanza en esta dirección, aunque con un margen de actuación diferente y, en buena medida, condicionado por el desarrollo de servicios y programas en las comunidades autónomas.
La comparación muestra modelos distintos. Mientras el Reino Unido está dando un paso hacia la prescripción independiente desde las farmacias, Francia ha ampliado de forma significativa las competencias de sus farmacéuticos en vacunación y dispensación de determinados antibióticos tras realizar pruebas diagnósticas. Alemania, por su parte, está incorporando nuevas actuaciones de prevención, diagnóstico y vacunación. En España, el farmacéutico comunitario mantiene como núcleo de su actividad la dispensación, el seguimiento farmacoterapéutico, la información al paciente y la promoción del uso racional de los medicamentos, pero la futura Ley de Medicamentos introduce algunas novedades que pueden ampliar su capacidad de actuación.
El caso inglés es uno de los que más claramente está desplazando determinadas actuaciones desde la consulta médica hacia la farmacia comunitaria. El programa 'Pharmacy First', puesto en marcha en febrero de 2024, permite a los pacientes recibir atención directamente en la farmacia para determinadas afecciones sin tener que consultar previamente con su médico de Familia. El servicio ya cubre sinusitis, dolor de garganta, dolor de oído, picaduras de insectos infectadas, impétigo, herpes zóster e infecciones urinarias no complicadas en mujeres menores de 65 años. A estas consultas se suman las derivaciones procedentes de Servicio Nacional de Salud del Reino Unido (NHS) y Atención Primaria.
El siguiente paso llega este otoño. El marco contractual de las farmacias comunitarias para 2026/27 contempla la introducción de un servicio nacional de prescripción independiente. Los farmacéuticos que dispongan de esta cualificación podrán evaluar al paciente y prescribir directamente dentro de las vías clínicas incluidas en el servicio. La implantación nacional está prevista a partir de otoño de 2026.
La ampliación incorpora cinco nuevas vías de prescripción: migraña episódica de baja frecuencia en adultos, rinitis alérgica estacional en niños, otitis externa aguda en adultos, acné leve o moderado en jóvenes y adultos e infecciones leves de piel y tejidos blandos y sarna.
El cambio no se limita a estas patologías. El modelo inglés ya contempla servicios de anticoncepción, detección de hipertensión, apoyo para dejar de fumar y seguimiento de pacientes que comienzan determinados tratamientos. Además, desde 2026 los nuevos farmacéuticos que se registren en Inglaterra salen de su formación con la cualificación para ejercer como prescriptores independientes, lo que abre la puerta a una mayor participación de la farmacia en la atención primaria.
Francia también ha ido desplazando parte de la atención hacia la farmacia comunitaria. Uno de los ámbitos donde el cambio resulta más visible es la vacunación. Desde 2026, los farmacéuticos pueden prescribir y administrar a adultos y a mayores de 11 años los diferentes tipos de vacunas incluidos en el calendario vacunal, de acuerdo con las recomendaciones vigentes. La excepción se encuentra en la prescripción de vacunas vivas atenuadas a personas inmunodeprimidas.
El cambio supone una ampliación notable respecto al escenario inicial, cuando la intervención de las farmacias estaba mucho más concentrada en la gripe y, posteriormente, en la vacunación frente a la COVID-19. La documentación aportada recoge precisamente la evolución de esta competencia y la autorización inicial para administrar en farmacia vacunas frente a patologías como gripe, difteria, tétanos, poliomielitis, tosferina, VPH, neumococo, hepatitis, meningococo y rabia.
Pero la vacunación no es la única competencia que se ha ampliado. Desde finales de 2024, los farmacéuticos franceses pueden dispensar determinados antibióticos sin receta después de realizar un test rápido de orientación diagnóstica. El sistema contempla, entre otros supuestos, las anginas bacterianas por estreptococo A y las cistitis agudas no complicadas en mujeres. En ambos casos, la dispensación está condicionada a un resultado positivo del test correspondiente y a los criterios establecidos en la normativa.
De esta forma, el modelo francés sitúa al farmacéutico no solo como dispensador o profesional encargado de aconsejar sobre medicamentos, sino también como un agente capaz de intervenir en determinadas fases del proceso asistencial: prevención, vacunación, realización de pruebas y acceso a determinados tratamientos.
Alemania está siguiendo una vía diferente, aunque con una dirección similar. El país ha reforzado los llamados servicios farmacéuticos, que incluyen actuaciones de prevención, seguimiento y control de determinados factores de riesgo. La reforma aprobada en 2026 amplía el papel de las farmacias en prevención cardiovascular, diabetes y enfermedades relacionadas con el consumo de tabaco. También incorpora nuevas posibilidades para realizar pruebas rápidas y amplía las competencias en vacunación.
Uno de los cambios más relevantes es que los farmacéuticos podrán administrar a mayores de 18 años vacunas que no sean de virus vivos, además de las ya disponibles frente a la gripe y la COVID-19. La reforma también contempla que determinados profesionales del equipo farmacéutico puedan participar en la administración después de recibir la formación correspondiente.
La nueva regulación incorpora asimismo la posibilidad de realizar determinadas pruebas rápidas en las farmacias y prevé que los farmacéuticos puedan realizar extracciones de sangre venosa después de la formación médica correspondiente. A esto se suma la ampliación de los servicios farmacéuticos y su integración con la historia clínica electrónica.
Otro cambio relevante afecta directamente a la dispensación: la reforma permite en determinados supuestos entregar medicamentos sujetos a receta sin disponer de una nueva prescripción médica, por ejemplo, en determinadas situaciones de continuidad de tratamientos crónicos o ante algunas enfermedades agudas y no complicadas, de acuerdo con las condiciones que establezca la regulación.
En España, el farmacéutico comunitario tiene entre sus funciones la adquisición, custodia, conservación y dispensación de medicamentos y productos sanitarios, así como la información sobre su correcta utilización y el seguimiento de los tratamientos farmacológicos. La normativa también recoge su papel en la farmacovigilancia y en la promoción del uso racional de los medicamentos.
Además, la legislación establece que el farmacéutico debe cooperar con el médico responsable del paciente en el seguimiento del tratamiento para contribuir a garantizar su eficacia y seguridad. Los sistemas personalizados de dosificación constituyen otra herramienta contemplada para mejorar el cumplimiento terapéutico.
Sobre esta base se han desarrollado en las farmacias comunitarias españolas distintos servicios asistenciales, aunque su implantación y alcance no son homogéneos en todo el territorio. La indicación farmacéutica ante síntomas menores, el seguimiento farmacoterapéutico, la revisión de tratamientos, la promoción de hábitos saludables, la educación sanitaria o determinados programas de cribado y prevención forman parte de una cartera asistencial que se ha ido desarrollando de forma progresiva.
La vacunación también ha avanzado en España, aunque con un desarrollo territorial diferente al de Francia. Algunas comunidades han incorporado a las farmacias comunitarias a sus estrategias de vacunación, especialmente en campañas frente a la gripe y la COVID-19. Es el caso de Cataluña, donde más de 3.200 farmacias participaron en la campaña 2025-2026 para facilitar la vacunación de estos grupos de población. Sin embargo, estas iniciativas se desarrollan en el ámbito autonómico y no existe un modelo estatal que atribuya de forma general al farmacéutico comunitario la prescripción y administración de las vacunas incluidas en el calendario.
A este marco se suma ahora la tramitación parlamentaria del Proyecto de Ley de los Medicamentos y Productos Sanitarios, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 21 de julio. La futura norma introduce cambios en ámbitos como la financiación, los precios, el acceso a medicamentos innovadores y la garantía de suministro, además de permitir al farmacéutico realizar determinadas sustituciones excepcionales en situaciones de desabastecimiento.
Las diferencias entre los cuatro países muestran que la ampliación de competencias no sigue un único camino. Inglaterra está avanzando hacia la prescripción independiente y hacia una farmacia que actúa como primer punto de atención para determinadas patologías; Francia ha incorporado la prescripción y administración de vacunas y la dispensación de determinados antibióticos tras pruebas diagnósticas; Alemania amplía los servicios de prevención, diagnóstico, vacunación y determinadas posibilidades de dispensación; y España plantea reforzar la capacidad del farmacéutico para resolver problemas de suministro y mejorar la coordinación farmacoterapéutica.
En los distintos modelos europeos, el farmacéutico gana espacio en la prevención, el seguimiento de los pacientes, la detección de problemas de salud y el acceso a determinados tratamientos. La diferencia está en hasta dónde llega esa autonomía y qué actuaciones continúan requiriendo la intervención de otro profesional sanitario.
Fuente: El Global Farma
